El Decreto Ley 120 "Del Sistema Empresarial Estatal Cubano", aprobado en junio de 2026 como parte de las 176 medidas de transformación, y publicado en la Gaceta Oficial Ordinaria número 72 el 2 de septiembre, establece dos ejes articulados: la autonomía de la empresa estatal y la autonomía del territorio como sujeto activo de los nuevos cambios.
La normativa regula los principios generales de organización y funcionamiento del sistema empresarial estatal para su transformación y desarrollo, bajo la conducción del Instituto Nacional de Activos Empresariales Estatales (INAEES).
Figura entre sus propósitos descentralizar la facultad para la creación o constitución de entidades empresariales estatales y los movimientos organizativos que se derivan de ella, y propiciar la autonomía económica, financiera, administrativa y de gestión de la empresa.
A su vez pretende fortalecer el papel de la administración local y del gobierno provincial en la conducción del sistema empresarial estatal territorial.
En esencia, el referido marco legal le confiere a la empresa estatal socialista un grupo de facultades hasta hace poco inéditas, entre ellas, aprobar planes económicos, fijar precios por referencia de mercado, determinar salarios según aporte, gestionar cuentas en divisas, realizar inversiones financieras y establecer encadenamientos productivos con otras formas de gestión.
Incluso por su función o aportes se clasifican en empresas estratégicas, de protección social, competitivas, y de ciencia y tecnología.
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El Decreto-Ley 120 también reconoce la necesidad de fortalecer la función de la administración local y los gobiernos provinciales en la conducción del sistema empresarial territorial, partiendo que el desarrollo económico ocurre en lugares concretos y por eso se pretende que la estructura empresarial responda a las condiciones del territorio y no a una plantilla diseñada desde la capital.
Por tanto la creación de nuevas entidades empresariales puede ser aprobada por los gobiernos locales, sin necesidad de trámites ante el Ministerio de Economía y Planificación.
Le corresponde al INAEES, creado en enero de 2026 y subordinado al Consejo de Ministros, dirigir el actual proceso de transformación del sistema empresarial estatal, garantizar que la transición hacia el nuevo modelo se realice de manera coherente, que las empresas reciban el acompañamientonecesario para ejercer sus nuevas facultades y que el Estado cumpla su rol sin interferir en la gestión cotidiana.
Prerrogativas, facultades
Como dijimos al inicio, en lo adelante la empresa determina los precios de sus producciones y servicios, aprueba su estructura y plantilla y sin obligación de cumplir con indicaciones externas aprueba su estructura y plantilla y sus inversiones, además de ejecutarlas.
También se le faculta exportar, importar, operar en divisas, e incluso —cuando está en condiciones de crear divisas o está en la cadena de valor— crear empresas y sucursales en el exterior, operar cuentas bancarias en el extranjero e invertir en entidades extranjeras.
Asimismo, de acuerdo con la Resolución 2/2026, las empresas pueden anticipar utilidades a los trabajadores de forma trimestral dentro del año, con un límite del 50% de las utilidades disponibles.
La reserva voluntaria puede destinarse a amortizar deudas, financiar inversiones, capacitación y postgrado, proyectos de ciencia e innovación, estímulos laborales, y compra, construcción o remodelación de viviendas para estabilizar la fuerza de trabajo.
El marco legal aprobado subraya la participación de los trabajadores en la elaboración del plan, en el control mensual de su ejecución, en el sistema de pago y organización del salario, en el destino de las utilidades retenidas y en el diseño del sistema de control interno. Como mínimo el 20% de los miembros del consejo de dirección es elegido por los trabajadores.
Pero no obstante esas y otras prerrogativas la empresa no puede operar indefinidamente con pérdidas, por lo cual la que se encuentre con activos incapaces de cubrir sus deudas o en pérdidas continuadas "será sometida a un proceso de disolución y liquidación", salvo que el Estado decida intervenir financieramente para revertir la situación.
De la misma manera existen otras obligaciones de cumplimiento por ejemplo, las establecidas en las relaciones contractuales.
Un necesario proceso de aprendizaje y acompañamiento
Entonces los directivos empresariales deben aprender a ejercer facultades que antes no tenían, y los cuadros municipales deben aprender a ejercer competencias que antes residían en instancias centrales como aprobar la creación de entidades, conducir el sistema empresarial territorial, articular los encadenamientos productivos locales.
Los meses finales de 2026 constituyen el período en que las empresas y los territorios deben adecuar sus sistemas contables, formar a sus cuadros, establecer sus procedimientos internos de cumplimiento, pues el 1 de enero de 2027 entran en vigor normas complementarias o resoluciones del Ministerio de Finanzas y Precios y del INAEES en materia financiera, tributaria y organizativa del nuevo sistema.
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