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sábado, 5 de octubre de 2024

#ReformaConstitucional: Claves para el debate en Cuba (II)

¿Quo vadis? Cubahora analiza el contenido del Proyecto de Constitución de la República por capítulos y explica las semejanzas y diferencias del texto con respecto al vigente, promulgado en 1976...

Salam Ahmad Mousa Reyes en Exclusivo 14/08/2018
8 comentarios
Reforma Constitucional 4
La dirección del Estado cubano apuesta por nuestra inteligencia colectiva para construir el país que queremos. (Alfredo Lorenzo Martirena Hernández / Cubahora)

Cuando abordamos anteriormente cómo se hace una Constitución y qué debe contener, dejamos claro que la principal fortaleza que tendrá la Constitución cubana de 2019, si se aprobara, será su carácter popular. La dirección del Estado cubano apuesta por nuestra inteligencia colectiva, por ello, los criterios, intervenciones y aportes en materia de derechos y garantías que pueda hacer nuestro pueblo serán el factor determinante en la confección de una Carta Magna que se parezca a nuestra Cuba.

Para el análisis, utilizaremos comparativamente la constitución vigente y la propuesta aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular. Aunque para una mejor comprensión se empleará la norma actual, se debe tener en cuenta que esa Ley no es un medidor frente al nuevo proyecto. Por la lógica del desarrollo social, el texto que se propone siempre será superior y tendrá elementos novedosos que concurren por causa del desarrollo humano. A pesar de esta condición, se debe tener en cuenta, en vistas al análisis del Proyecto de Constirución de la República, que el texto que se propone satisfaga las necesidades legislativas de Cuba en el 2018, con una visión a futuro. Por ello consideramos pertinente sugerir un debate que incluya ambas dimensiones: una base comparativa y la atención a las necesidades actuales y potenciales.

FUNDAMENTOS POLÍTICOS, SOCIALES Y ECONÓMICOS DEL ESTADO

Tal como se exponía al inicio, no es posible realizar una comparación exacta entre ambos documentos. Para comenzar, se trata de dos textos distintos, con una organización diferente en cuanto a la forma de abordar los contenidos.  

Según se explicó por la propia comisión encargada de presentar el proyecto, este documento tiene 224 artículos, 87 más que la actual (137), de la cual se mantienen solo 11 artículos, se modifican 113 y se eliminan 13. Resultaría un ejercicio tedioso para el lector analizar uno por uno los artículos que regula el nuevo proyecto. Por ello, trabajaremos con los temas (y los artículos que lo refieran), de manera dirigida.

EL SISTEMA POLÍTICO Y SOCIAL: SOCIALISMO “MADE IN CUBA”

Desde el Preámbulo del Proyecto se establecen y definen algunas cuestiones que son importantes para comprender el resto del documento. En el primer párrafo queda consignado que la libertad, la independencia, la soberanía, la democracia y la justicia son valores del proyecto social que serán defendidos. El pensamiento de Martí y Fidel, así como las ideas político-sociales de Marx, Engels y Lenin son la ideología predominante en esta Constitución. La condición de Cuba como Estado Socialista queda refrendada en la primera línea del Artículo 1 en ambos textos.

(Ilustraciones: Alfredo Martirena Hernández/ Cubahora)

En el Proyecto se incluye que nuestra República es un Estado de derecho, lo que significa que en nuestro país el poder está regulado y garantizado por la Ley. Más adelante se incluye que es indivisible, dejándose claro la voluntad y necesidad de preservar la unidad de nuestro Estado y territorio. Si bien referir estos términos parece una cosa innecesaria, la historia ha demostrado que es interés de los enemigos de la soberanía cubana el fraccionamiento y desunión de la República. Los enemigos históricos del proyecto independentista han apuntado a esos objetivos, por ejemplo, en su tratamiento a la diáspora cubana, la que, pese a las acciones de bloqueo, influencia y propaganda, mantiene sus vínculos con Cuba a nivel individual y organizacional. Para este grupo (los emigrados), que también participa en el debate, el Proyecto propone medidas que beneficiarán su estatus como cubanos, lo cual analizaremos más adelante.

En ambos textos, el Artículo 3 contiene el derecho ciudadano de luchar por la defensa de la Constitución y a favor de nuestro orden político y social, en todas las formas posibles, incluyendo la lucha armada. Igualmente, se refrenda en ambos casos que el Socialismo y el sistema político social revolucionario son irrevocables. En el Proyecto, ese artículo también contiene que la defensa de la Patria es el deber supremo de todos los ciudadanos de la República. No se especifica en cuanto a la forma de defensa, pero puede interpretarse que se refiere a todos los espectros de la vida política, social, educacional, tecnológica y cultural del Estado y la Nación.

En ambos textos, el Partido Comunista de Cuba desempeña un papel principal. En el Proyecto que analizamos, similar que en la Constitución vigente, desde el mismo Preámbulo, se hace alusión a que su rol es de liderazgo social y político. Más adelante, en el Artículo 5 (coinciden ambos), se refrenda en ambos textos el papel dirigente del Partido en la sociedad.

El Proyecto incorpora el término único para referirse al Partido, en clara alusión al sistema unipartidista cubano así como al carácter fidelista del PCC. Este término excluye la posibilidad de crear asociaciones con fines de obtener el poder político. De acuerdo con la tradición independentista cubana, el partido único es una necesidad histórica esbozada por José Martí, que se complementó con la fusión de las organizaciones revolucionarias y comunistas existentes en los años 60 del siglo pasado.

En comparación a la Constitución vigente, en el nuevo texto se eliminaron en varios momentos las citas a la construcción del comunismo y se sintetiza el interés en la construcción de una sociedad martiana y fidelista que dé continuidad a la obra de la Revolución.

Igualmente, ambos textos reconocen a la Unión de Jóvenes Comunistas (UJC) y a las organizaciones de masas y sociales. En el caso de la UJC, el Proyecto se refiere a esta organización como la vanguardia de la juventud cubana, quedando en el nuevo texto refrendado como objetivo de esta organización que la misma “contribuye a la formación en los jóvenes de los principios revolucionarios y éticos de nuestra sociedad” (Artículo 6).

De igual forma, se trata el tema de las organizaciones sociales y de masas, las cuales el Estado “reconoce y estimula” en ambos textos. En el Proyecto encontramos el añadido de que el reconocimiento jurídico y político también se traslada a “las demás formas asociativas”, lo cual abre el espectro.

Cuba es un Estado laico, es decir, que no existe preponderancia de una religión sobre otras, gozando todas de igual consideración. En ambos textos constitucionales este tema queda esclarecido. En el Proyecto se inserta que todas las vertientes y tendencias religiosas tienen los mismos deberes y derechos. Es preciso señalar, en el caso cubano, la importancia de equiparar a un mismo nivel todas las religiones que convergen en nuestra cultura, ya que, de hecho, muchas religiones son excluyentes o contrarias de otras prácticas religiosas.

Aunque existe un predominio de religiones asentadas por los procesos históricos de formación de nuestra nacionalidad, hay otras tendencias y vertientes que han avanzado en la sociedad cubana en los últimos 30 años. Por ello, resulta necesario dar protección a la práctica religiosa libre, con igualdad de responsabilidad y participación social (derechos y deberes). Esto no implica que no exista una jerarquización, sino que se igualan todas las prácticas que no contravengan la Ley.

En esta primera parte del texto que se propone, se insertan tres artículos que van dirigidos a ratificar la obligatoriedad para todos del cumplimiento de la letra de la Constitución, haciendo énfasis en los funcionarios públicos, órganos y organismos de la administración del Estado (Artículo 7). En tal dirección se expresa (en el Artículo 9) que los órganos del Estado y sus representantes en las diferentes categorías tienen la obligación de “…respetar y atender al pueblo, mantener estrechos vínculos con este y someterse a su control…”. A continuación, el Artículo 10 declara que la soberanía de nuestra República reside en el pueblo, que es ejercida por el pueblo directamente o mediante las formas que fija la Ley".

Con este sistema de artículos se refrenda el carácter fidelista, martiano y socialista de la propuesta. Al igual que se asegura en el artículo 3 de la constitución vigente, el número 10 del Proyecto declara que la soberanía de nuestro Estado reside en el pueblo, que es el principal encargado e interesado en velar por el cumplimiento de la letra de la Constitución. Los representantes y órganos del Estado deben responder al pueblo, teniendo en lo adelante el deber constitucional de mantenerse vinculados con las masas. Este tema se complementa con la disposición que en el Artículo 4 del Proyecto señala la facultad de nuestro pueblo y su ciudadanía de defender por todos los medios, incluyendo la lucha armada, el orden político, social y constitucional, derecho que existe desde que se aprobó la Constitución de 1976 como clara alusión al juicio del Moncada. Para Fidel y la Generación del Centenario, la defensa armada de la constitución era un derecho y un deber, violado por el dictador Fulgencio Batista. Es un derecho que no existe en muchos países, pero que en Cuba se consagra como resultado de la experiencia política e histórica.

Como podemos apreciar, estas referencias marcan la exigencia de continuidad en la línea política de la Generación del Centenario. Implica que los representantes del Estado deben ser capaces de asumir sus responsabilidades con la humildad, seriedad y compromiso social que debe caracterizar a la dirigencia de Cuba, fundamentado en los incontables ejemplos de hombres y mujeres que entregaron su vida en el proceso de construcción y defensa de nuestra independencia y soberanía, en el ejemplo de Fidel, el Che, Camilo y Raúl.

Cubahora continuará este análisis de los capítulos del Proyecto de Constitución de la República...

Fragmento de la intervención de Homero Acosta, secretario del Consejo de Estado, al presentar el Proyecto de Nueva Constitución, en la más reciente sesión de la Asamblea Nacional del Poder Popular.


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Salam Ahmad Mousa Reyes

Máster en Ciencias. Analista de temas políticos.

Se han publicado 8 comentarios


treto
 18/8/18 9:20

El artículo 67 del anteproyecto de Constitución de Cuba referido al matrimonio homosexual tiene varios objetivos, entre ellos se incluyen la aceptación universal del estilo de vida gay, el descrédito de todos aquellos que condenan la homosexualidad, amordazar a los medios de comunicación, otorgar privilegios y derechos especiales en las leyes, adoctrinar a los niños y futuras generaciones a través de la educación y dar los beneficios legales del matrimonio a dos o más personas que afirmen tener tendencias homosexuales.

NO NOS ENGAÑEMOS VAN A POR NUESTROS HIJOS

israel
 15/8/18 20:39

Me parece un buen trabajo. No se puede explicar todo de golpe y aunque no estoy de acuerdo en algunas cuestiones que se plantean como naturales, eliminar la palabra comunismo del texto por ejemplo,veobque tienen una investigación de fondo. Tal vez no sea tedioso ver la constitución articulo x articulo pero para eso se harán reuniones. Lo que hacen falta son textos que aclaren lo que estamos leyendo. comprendo lo que dice manuel aunque no veo contradicción entre lo que plantea y el texto. Espero que se sigan analizando así las cosas porque,la población cubana no tiene la cultura jurídica que deberíamos tener. Un tema que yo quisiera que traten es la enseñanza de la constitución en las escuelas. Importante por favor para otros trabajos que hagan, si pueden me aclaran la relación entre el PCC y el gobierno, que no viene en el proyecto. Saludos al autor,sigue así que el que no recibe criticas ,es que no lo tienen en cuenta.

senelio ceballos
 14/8/18 14:23

Saludos para UD AUTOR Lic SALAM!!..le he captado en RUSIA sus dos articulos  aunque  en algunos aspectos  no lo puedo apoyar por  problemas de principios politicos!!  CREO  QUE  SON MUY BUENOS y aclaratorios.....Nuestra sociedad ha sido un muro de contension a los ataques para destruirla y su gente se mecere un futuro mejor!!!!..LA NUEVA CONTITUCION DEBE SER SOBRE TODO PATRIOTICA!!!!

Pablo
 14/8/18 12:04

Muy buen artículo . Felicidades al autor. hace falta que a los que no entendemos bien algunos de estos temas de constituciones y leyes nos expliquen así porque si no no vamos a poder debatir nada en las asambleas

Equipo Cubahora
 14/8/18 13:13

Estimado Pablo. gracias por comentar en Cubahora. Usted también puede colaborar con nosotros, proponiendo temas o aspectos en los cuales desea mayor aclaración. Nuestro autor de seguro tendrá a bien tener en cuenta su propuesta pues puede ser la duda de otros muchos cubanos. Aquí estamos. Saludos. 

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Pablo
 14/8/18 16:18

gracias, en este articulo lo logro entender todo, por eso decía que así debe ser porque llevamos un tiempo con este tema en todas partes y a veces uno se queda botao con las cosas que dicen, voy a seguir leyendo las demás parte cuando las publiquen

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manuel
 14/8/18 9:40

Estimado periodista estoy en desacuerdo con sus opiniones, el análisis del Anteproyecto de Constitución por artículos, no es un ejercicio tedioso. El derecho de resistencia viene consagrado  desde la Revolución Francesa, por cierto,  muy bien explicado en la Historia me Absolvera.  Es este derecho el basamento legal para emprender la acción del Moncada, y la lucha contra la tiranía de Bastista. que quiebra el orden constitucional. Le sugiero que consulte un libro publicado recientemente  escrito por el Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Oriente cuyo tñtulo es Derecho de Resistencia y Revolución.

Equipo Cubahora
 14/8/18 13:18

Estimado manuel. Muchas gracias por comentar en Cubahora. Más allá de la opinión propia del autor, puntualizamos que cuando en el texto se hace referencia a lo tedioso es al inicio, donde explica cómo abordará los aspectos para no hacerlo más denso y díficil a los lectores, todo lo contrario. De todas maneras, agradecemos su sugerencia y siéntase libre de colaborar con el autor en explicar, puntualizar, esclarecer. ¿Nos ayuda? Un saludo cordial. 

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