sábado, 21 de septiembre de 2024

Jueces lego, expresión de la participación popular en Cuba

Síntesis de la experiencia real de lo concebido en las anteriores constituciones, la Carta Magna aprobada en 2019 les ratifica a los jueces lego un rol fundamental dentro de las causas judiciales

Haroldo Miguel Luis Castro en Exclusivo 07/10/2023
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Jueces lego en Cuba
Ley 140 “De los Tribunales de Justicia” de 2021 establece las prerrogativas y el régimen disciplinario para la realización efectiva de las funciones como juez lego (Tribunal Supremo de Justicia/ Facebook)

Por estos días se desarrolla en todo el país el proceso de selección de candidatos a jueces lego los cuales, luego de aprobados por las Asambleas del Poder Popular en las distintas instancias, ejercerán sus mandatos por los próximos cinco años.

Se trata de un hecho de participación popular directa en la administración de justicia en Cuba, una concepción heredada de una práctica que se remonta a nuestras luchas independentistas y que descansa en la vocación democrática del ideario martiano.

Síntesis de la experiencia real de lo concebido en las anteriores constituciones, la Carta Magna aprobada en 2019 les ratifica a los jueces lego un rol fundamental dentro de las causas judiciales, con los mismos derechos y deberes que los magistrados profesionales. Precisamente, en función de ratificar ese espíritu, la Ley 140 “De los Tribunales de Justicia” de 2021 establece las prerrogativas y el régimen disciplinario para la realización efectiva de su trabajo.

Basta con poseer un adecuado nivel educacional, disposición para el ejercicio en función y gozar de un buen concepto público para aspirar a ejercer dicho rol. Sin embargo, ello no exime de la capacitación necesaria para el adecuado cumplimiento de sus funciones, referida a los aspectos de la organización y el desempeño de los tribunales, los derechos y las obligaciones que le asisten, el comportamiento ético a observar y otros temas contemplados en la Estrategia de formación judicial del Sistema de Tribunales de Justicia.

A decir por el Presidente del Tribunal Supremo Popular, Rubén Remigio Ferro, los hombres y mujeres que en el transcurso de los años han integrado los órganos de justicia desde la posición de juez lego “han permitido que las decisiones judiciales en todas las instancias se caractericen por mayor objetividad, fundamentación y racionalidad, al incorporar a los análisis y soluciones de los casos las vivencias y el punto de vista del obrero, el campesino, el compañero de cualquier origen social que día a día convive en la cotidianidad del barrio, de la comunidad, el centro de trabajo o de la ciudad; y que traslada esas experiencias, desprovistas de cualquier enfoque conceptual , a los intercambios y debates propios del juzgamiento del caso.“

Y para nada tiene que ver con restarle importancia al análisis técnico- jurídico que de manera irremediable debe servir de fundamento a toda decisión judicial o con desconocer el origen popular de los jueces de carrera, sino en la realidad comprobada de que la impartición de justicia se potencia cuando se toman en cuenta circunstancias de diversa índole.

Algo solo posible, en definitiva, a partir del control social del juez lego sobre el desempeño de la administración de justicia. Pues, desde la transparencia y accesibilidad, los representantes de la ciudadanía en los tribunales contribuyen a eliminar, en buena medida, el distanciamiento e incertidumbre que experimentan las personas con los procesos de su interés.


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Haroldo Miguel Luis Castro

Periodista y podcaster


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